viernes, 23 de octubre de 2015

Sala de lo Constitucional admite demanda de amparo por cobros indebidos presentada por la Defensoría del Consumidor


La Sala de lo Constitucional admitió la demanda de amparo presentada por la Defensoría del Consumidor, en defensa de los intereses difusos de los consumidores usuarios de servicios financieros, contra la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia.

En atención a la petición de la Defensoría, la Sala de lo Constitucional, también, emitió medida cautelar contra banco Davivienda S.A., al cual ordenó abstenerse de cobrar recargos por pagos anticipados que sus clientes realicen y se fundamenten en disposiciones contractuales firmados con anterioridad a la vigencia de la Ley de Protección al Consumidor.

El amparo está referido a la sanción impuesta por el Tribunal de la Defensoría del Consumidor al entonces banco Salvadoreño (ahora Davivienda), al que impuso una multa de $7,000.00 por realizar cargos indebidos por pagos anticipados de un crédito en perjuicio de una consumidora en el año 2006, que la Sala de lo Contencioso Administrativo declaró ilegal el 4 de febrero de 2014 a favor del banco, que a juicio de la Defensoría vulneró el derecho a la protección jurisdiccional en su manifestación de derecho a la motivación de las sentencias, a la seguridad jurídica por la infracción al principio de irretroactividad de las leyes y el derecho de los consumidores a recibir una protección especial de parte de todos los poderes.

La infracción se refiere al Art. 42 literal b, relacionado con el Art. 19 literal m), de la Ley de Protección al Consumidor, por “hacer cargos al recibir del consumidor pagos anticipados en cualquier operación de crédito o bancaria”.

La Defensoría del Consumidor también solicitó a la Sala de lo Constitucional, en la demanda de amparo, que al interpretar las disposiciones en controversia, se pronuncie sobre los efectos posteriores en el análisis de las normas controvertidas para que cualquier otra autoridad que deba aplicar el régimen relativo a la prohibición del cobro de cualquier recargo por el pago anticipado de deuda, deberán atender a los fundamentos constitucionales que al respecto se dejen establecidos en la sentencia que resuelva este amparo, a fin de evitar la vulneración de derechos constitucionales.

La Defensoría del Consumidor informa a la ciudadanía que de acuerdo con la medida cautelar banco Davivienda debe abstenerse de cobrar a sus clientes recargos por pagos anticipados y que en caso contrario, el consumidor o la consumidora debe denunciar ante la Defensoría esta práctica a fin de ejercer la defensa jurídica de sus derechos e intereses.

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