Los diputados de la Asamblea Legislativa aprobaron
hoy, con 82 votos, la Ley de Beneficios y Prestaciones Sociales para los
Veteranos Militares de la Fuerza Armada y Excombatientes del Frente
Farabundo Martí para la Liberación Nacional (FMLN).
La
normativa establece un régimen jurídico que garantiza el cumplimiento
de beneficios y prestaciones sociales producto de los Acuerdos de Paz
firmados en 1992 para garantizar una vida digna a los veteranos
militares y excombatientes del FMLN que participaron en el conflicto
armado (1980-1992).
Plantea la creación de la Comisión Administradora de Beneficiarios -que presidirá por el Ministerio de Gobernación- y que será responsable de administrar los recursos económicos que se otorguen. Esta entidad también debe llevar un registro y acreditación de cada beneficiario.
Dicha comisión estará conformada por un representante de los Ministerios de Gobernación, Salud, Educación, Hacienda, Defensa Nacional.
También, la integrará un delegado del Fondo Nacional de Vivienda Popular, del Fondo de protección de Lisiados y Discapacitados a Consecuencia del Conflicto Armado y uno del Instituto Salvadoreño de Transformación Agraria.
Además tendrán dos representantes de organizaciones de veteranos militares de la Fuerza Armada y dos representantes de organizaciones de excombatientes del FMLN. Ambas deberán tener personería jurídica legalmente constituida y con representación nacional.
Los recursos para el funcionamiento de la Comisión serán los aportes del Estado, de entidades públicas u otras instituciones, donaciones, fondos de cooperación internacional, rentabilidad obtenida por la administración de recursos o cualquier otro que se obtenga.
Entre los beneficios que recibirán ambos sectores están la prestación económica e indemnización, atención de salud integral preventiva y curativa, para lo cual recibirán cuidado especializado en la red nacional de salud pública a nivel nacional.
Además se brindará inserción productiva, educación a beneficiarios y sus hijos e hijas, transferencia de tierra y vivienda y créditos preferenciales, entre otros
Plantea la creación de la Comisión Administradora de Beneficiarios -que presidirá por el Ministerio de Gobernación- y que será responsable de administrar los recursos económicos que se otorguen. Esta entidad también debe llevar un registro y acreditación de cada beneficiario.
Dicha comisión estará conformada por un representante de los Ministerios de Gobernación, Salud, Educación, Hacienda, Defensa Nacional.
También, la integrará un delegado del Fondo Nacional de Vivienda Popular, del Fondo de protección de Lisiados y Discapacitados a Consecuencia del Conflicto Armado y uno del Instituto Salvadoreño de Transformación Agraria.
Además tendrán dos representantes de organizaciones de veteranos militares de la Fuerza Armada y dos representantes de organizaciones de excombatientes del FMLN. Ambas deberán tener personería jurídica legalmente constituida y con representación nacional.
Los recursos para el funcionamiento de la Comisión serán los aportes del Estado, de entidades públicas u otras instituciones, donaciones, fondos de cooperación internacional, rentabilidad obtenida por la administración de recursos o cualquier otro que se obtenga.
Entre los beneficios que recibirán ambos sectores están la prestación económica e indemnización, atención de salud integral preventiva y curativa, para lo cual recibirán cuidado especializado en la red nacional de salud pública a nivel nacional.
Además se brindará inserción productiva, educación a beneficiarios y sus hijos e hijas, transferencia de tierra y vivienda y créditos preferenciales, entre otros
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